Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2020-S4
Fecha: 29-Sep-2020
II.2.
II.2. Por Auto Interlocutorio 010/2020 de 24 de enero, emitido por Erika Neptali Aranda Uzquiano, Jueza de Instrucción Penal Primera de la zona Sur de La Paz, se revocaron las medidas sustitutivas dispuestas en favor de Yenny Prado Saavedra, y en consecuencia se dispuso su detención preventiva en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes de La Paz, (fs. 161 a 163 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico, aún en el supuesto de que dicho medio o recurso no sea el más idóneo, eficaz o inmediato, es lógico suponer que tampoco procede esta acción tutelar en aplicación de la excepción de subsidiariedad, ello debido a que el recurrente, actual accionante, no puede activar dos jurisdicciones en forma simultánea para efectuar sus reclamos
- III.2.
- CONFIRMAR