Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0512/2020-S3
Fecha: 24-Sep-2020
a)
Solicita se conceda la tutela y, en consecuencia: a) Se disponga que en el día el Juez hoy accionado señale audiencia de cesación de la detención preventiva y sea llevada mediante videoconferencia; b) Se establezca responsabilidad civil con monto indemnizable a su favor; y, c) El pago de costas judiciales a ser calificados en ejecución de fallos contra el accionado.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos, garantías y principio supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Con dicha orden se practicará la citación, personal o por cédula, a la autoridad o a la persona denunciada
- La citación con el recurso y el auto de admisión, tiene vital importancia para la sustanciación de las acciones tutelares, por cuanto, al igual que en otro proceso judicial tiene la finalidad de poner en conocimiento del o los recurridos los hechos denunciados y los fundamentos expuestos por el recurrente, a objeto de que el recurrido pueda asumir su defensa
- III.2. Análisis del caso concreto
- 17 de enero de 2020 a las 14:45 horas
- Fragmento 15
- 2°