SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0519/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0519/2020-S4

Fecha: 29-Sep-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Fue designado como Especialista en Programación de Operaciones mediante memorándum DE-GAF-JMT-033-HH-MEM/01, como resultado de reclutamiento de personal en el marco del Decreto Supremo (DS) 26115 de 6 de marzo de 2001; cargo que fue ratificado a través del memorándum DE-GAF-JMT-0050-HH-MEM/02, obteniendo la condición de funcionario de carrera administrativa asignada con el número 703-TC-0702 de 16 de julio de 2002, de acuerdo al reglamento respectivo de la Superintendencia del Servicio Civil.

Sin embargo, sin causal alguna, el 25 de enero de 2019, fue notificado por la Directora Ejecutiva del FNDR, con el memorándum DE-MAB-JMT-0022-HH-MEM/19, por el que se le comunicó que, desde el 25 de febrero de igual año, se prescindía de sus servicios; por lo que solicitó ante la autoridad mencionada, la aclaración de los motivos de dicha decisión.

De esta forma, al no haberse emitido resolución sobre su recurso de revocatoria en el plazo estipulado en la norma, asumió que éste fue rechazado y en consecuencia, interpuso su posterior jerárquico ante la misma autoridad, para que sea remitido ante la Dirección General del Servicio Civil; sin embargo, la autoridad demandada, repitiendo su accionar, no observó los plazos para su resolución según lo estipulado en el art. 33.III del DS 26319, y arrogándose facultades y comeptencias que no le corresponden, el 27 de febrero de 2019, mediante nota CITE DE-GGS-RH-FMR-0747-CAR/19, se limitó a comunicarle que el recurso jerárquico que interpuso no cumplía con los preceptos legales para ser remitido a la Dirección General del Servicio Civil, por lo que el memorándum de su destitución sigue firme y subsistente.