SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0519/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0519/2020-S4

Fecha: 29-Sep-2020

MAGISTRADO

[1] La SCP 0693/2012 de 2 de agosto, refirió: “…en los procesos judiciales y administrativos todo acto sin competencia o jurisdicción que puedan afectar al juez competente como elemento del juez natural debe tutelarse por los recursos ordinarios previstos por el legislador y agotados los mismos, siempre y cuando exista vulneración a derechos y garantías mediante acción de amparo constitucional y no por el recurso directo de nulidad, lo contrario afectaría las competencias naturales de los jueces y autoridades naturales competentes…”.

“De manera que, es plenamente factible que el Juez natural en todos los señalados componentes, pueda ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional, en la medida en que, en los procesos jurisdiccionales o procedimientos administrativos correspondientes se denuncie la restricción o supresión, o la amenaza de restricción o supresión de derechos fundamentales y garantías constitucionales, observando claro está, las reglas que hacen a la indicada acción tutelar” (SCP 1019/2019-S4 de 27 de noviembre).