SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0524/2020-S4
Fecha: 29-Sep-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante, alega la vulneración de su derecho al trabajo, a la vida, a la salud y a la dignidad, puesto que los demandados, arguyendo ser miembros del Directorio de la Asociación de Comerciantes Minoristas Central Pescaderas de la Ciudad de El Alto del departamento de La Paz, sin tener norma legal que los ampare y creando una asociación paralela, despojaron con violencia y por la fuerza de sus puestos de ventas del asentamiento comercial provisional de Calle Carrasco entre avenidas Esteban Arce y Fuera Aérea, zona Villa Tunari, de la citada ciudad, al verdadero Directorio y afiliados de la asociación, encontrándose actualmente todos sin poder alimentar a sus familias, ya que no cuentan con una fuente de ingresos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. Pr
- “1) Debe existir una debida fundamentación y acreditación objetiva de que efectivamente se está frente a una medida de hecho o justicia a mano propia, donde el agraviado o accionante se encuentre ante una situación de desprotección o desventaja frente al demandado, o agresor, sea autoridad, funcionario o particular o grupo de personas, por la desproporcionalidad de los medios o acción; la presentación de la acción de amparo constitucional debe ser de manera oportuna e inmediata, haciendo abstracción de la subsidiariedad. De lo contrario no justificaría la premura ni gravedad y deberá agotar las instancias jurisdiccionales o administrativas pertinentes según sea el caso, y agotadas las mismas, acudir a la jurisdicción constitucional.
- 2) Necesariamente se debe estar ante un inminente daño irreversible o irreparable, ya sea agravando la lesión ya consumada, o que ello provoque la amenaza de restricción o supresión a otros derechos fundamentales. Situaciones que deben ser fundamentadas y acreditadas.
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- REVOCAR