SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0578/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0578/2020-S3

Fecha: 28-Sep-2020

denegó

El Juez de Sentencia Penal Decimoquinto de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 08/2020 de 29 de enero, cursante de fs. 76 a 80, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) La solicitud de tutela por procesamiento ilegal o indebido procede a través de la acción de libertad cuando concurren de manera simultánea dos presupuestos; es decir, que el acto procesal denunciado como indebido se constituya en causa directa de la supresión o restricción del derecho a la libertad, y que exista absoluto estado de indefensión, los cuales no concurren en el presente caso; b) El Abogado ahora coaccionado se encontraba legalmente notificado para la audiencia de apelación incidental de 27 de enero de 2020 a realizarse en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -donde se confirmó el Auto Interlocutorio 15/2019- pero no asistió, debido a la falta de traslado del detenido con la idea que dicho acto sería suspendido; sin embargo, no solicitó la suspensión de dicho acto procesal ni justificó su inasistencia, provocando la indefensión del accionante a causa de su negligencia; y, c) No se advierte persecución indebida o amenaza del derecho a la libertad del accionante por el solo hecho de existir un proceso abierto en su contra; tampoco existe la concurrencia del segundo presupuesto, pues de antecedentes como de lo mencionado por el propio accionante, se tiene que este se encuentra participando activamente en la tramitación del proceso penal, tal extremo se evidencia a partir de la presentación de su solicitud de cesación de la detención preventiva y la interposición del recurso de apelación incidental.