SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0580/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0580/2020-S3

Fecha: 28-Sep-2020

concedió

La Jueza de Sentencia Penal Décima de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 02/20 de 15 de enero de 2020, cursante de fs. 32 a 34, concedió la tutela solicitada, disponiendo que el ahora accionado ponga en inmediata libertad a la accionante, bajo los siguientes fundamentos: a) La SCP 0258/2012 de 28 de mayo se pronunció respecto a la retención ilegal de pacientes en hospitales; b) La accionante como consecuencia de la atención médica recibida en la Clínica Médica Melendres S.R.L. tiene una deuda económica, por la cual se encuentra retenida ilegalmente; c) La detención de la accionante contra su voluntad no es la vía idónea para exigir el cumplimiento de la obligación referida, debiendo la citada Clínica Médica acudir a la vía legal correspondiente para la ejecución de la deuda por concepto de hospitalización y tratamiento; d) No existe justificativo para que dicho nosocomio retenga a la accionante y menos aún por una obligación patrimonial; toda vez que, ese actuar atenta contra su derecho a la libertad, que es un derecho fundamental y es deber del Estado protegerlo; y, e) El monto económico a cobrarse por la atención médica brindada a la accionante solo debe ser hasta el momento en que esta fue dada de alta y no alcanza a gastos de internación y alimentación de los días que se le impidió salir, de lo contrario, se estaría actuando ilícitamente.

Asimismo, en vía de complementación y enmienda, la accionante a través de su abogado indicó que en esta acción tutelar se concedió la tutela disponiendo su inmediata libertad; en ese sentido, pidió que “…se complemente a efectos cual es el tiempo prudencial de inmediatamente toda vez de que no vaya a ser ese inmediatamente sea en 48 horas…” (sic).