Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0615/2020-S3
Fecha: 28-Sep-2020
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 182/2019 de 5 de diciembre, cursante de fs. 224 a 227 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Benigno Colque Calle, Hilacata Mayor Alcalde, Mónica Atora Villca, Hilacata Mayor Alcaldesa, Efraín Saúl Colque Cussi, Corregidor, Noemy Claudia Choque Colque, Corregidora y Roberto Colque Calle, Presidente del Comité de Saneamiento, todos de la comunidad Gualberto Villarroel del departamento de Oruro contra Ángela Sánchez Panozo y Elva Terceros Cuellar, Magistradas del Tribunal Agroambiental; y, Roberto Luis Polo Hurtado, Director Nacional del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA).
- acción de amparo constitucional
- I.1.
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- se tiene que el derecho para la petición de tutela constitucional a través de la acción de amparo fuera del citado plazo caduca
- la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular
- III.2.
- mediante cédula el 3 de mayo de ese año
- 3 de mayo de igual año
- CONFIRMAR