AUTO CONSTITUCIONAL 0012/2021-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0012/2021-RCA

Fecha: 19-Ene-2021

Fragmento 9

En ese contexto, al tratarse de una presunta comisión de medidas de hecho, conforme a la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico II.2. del presente Auto Constitucional, para que la justicia constitucional conozca tal denuncia, no se requiere agotar los medios de defensa que tienen a su alcance a efecto de dar cumplimiento al principio de subsidiariedad; es decir, puede ser activada directamente, más aún cuando se trata de persona de la tercera edad, por tanto, de atención prioritaria. En mérito a ello, y en consideración a los antecedentes adjuntos, es posible aplicar la excepción a dicho principio, debiendo en todo caso los hechos expuestos ser verificados por la Sala Constitucional en audiencia pública, para conceder o denegar la tutela si el asunto así lo amerita.