Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0012/2021-RCA
Fecha: 19-Ene-2021
II.4.
“1. Nombre, apellido y generales de quien interpone la acción o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería. En el caso de terceras personas que tengan interés legítimo, deberán acreditar el interés alegado. Además, deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata”.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedencia
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- de continuar las circunstancias de hecho en que se encuentra el recurrente, es inminente e inevitable la destrucción de un bien jurídicamente protegido, lo que exige una acción urgente para otorgar la protección inmediata e impostergable por parte del Estado en forma directa
- medidas de hecho
- II.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- II.4.