AUTO CONSTITUCIONAL 0041/2021-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0041/2021-RCA

Fecha: 29-Ene-2021

tres meses y dieciséis días

Con carácter previo a revisar la determinación asumida por la precitada Sala Constitucional, corresponde tener en cuenta al entendimiento desarrollado en el Fundamento Jurídico II.3 de este fallo, sobre la suspensión del plazo de caducidad para la interposición de la acción de amparo constitucional por la declaratoria de emergencia sanitaria nacional del COVID-19, más propiamente las determinaciones asumidas mediante circulares por el Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba,  interrupciones del plazo de caducidad que se dieron a partir del 22 de marzo hasta el 20 de julio de igual año, que contabilizados hacen un total de tres meses y dieciséis días, los cuales deben ser advertidos a momento de realizarse el cómputo del plazo de los seis meses para activar la acción de amparo constitucional.