AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2021-RCA
Fecha: 08-Feb-2021
II.4. Análisis del caso concreto
Ahora bien, de la revisión de antecedentes adjuntos al expediente, se tiene que dentro de la investigación seguida por el Ministerio Público a denuncia de Milenka Asunción Maldonado Marañón contra Gonzalo Néstor Quiroga Camacho -ahora accionante-, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, la Fiscal de Materia asignada al caso emitió la Resolución de Rechazo de Denuncia de 4 de septiembre de 2020, debido a la insuficiencia de prueba que dé lugar a la duda razonable sobre la existencia de un hecho tipificado como delito (fs. 358 a 360); presentada la objeción, el Fiscal Departamental de Cochabamba, a través de la Resolución Jerárquica FDC/OETC OR 479/2020, revocó la decisión impugnada, disponiendo la prosecución de la investigación (fs. 376 a 379).
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- 1)
- improcedencia
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Falta de idoneidad del control cautelar para revisar el fondo de las resoluciones fiscales de sobreseimiento o rechazo
- La norma procesal penal en el art. 305, reconoce a las partes, el poder objetar la resolución de rechazo, en el plazo de cinco días, ante el fiscal que dictó la misma, quien remitirá antecedentes al fiscal superior en jerarquía (ahora Fiscal Departamental), autoridad que, dentro de los diez días siguientes a la recepción de las actuaciones, determinará la revocatoria o ratificación del rechazo y el consiguiente archivo de obrados. Si dispone la revocatoria ordenará la continuación de la investigación y en el supuesto de ratificar el rechazo de la denuncia, querella o actuación policial, dispondrá el consiguiente archivo de obrados, lo que no impide la conversión de la acción a pedido de la víctima o del querellante; en ambos casos, no existe recurso ulterior
- aquellas actuaciones del representante del Ministerio Público que se suscitaren ante el propio órgano de investigación, del cual emerjan determinaciones, como el rechazo de la denuncia, querella, actuaciones policiales, salidas alternativas o actos conclusivos, que pudieren lesionar derechos fundamentales o garantías constitucionales del denunciado, imputado o acusado y/o víctima o querellante, corresponderán ser impugnadas en esa instancia, por cuanto incumbe al ámbito de competencia del Ministerio Público
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- II.4. Análisis del caso concreto
- la resolución jerárquica objeto del presente recurso constitucional
- de 9 de