AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2021-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2021-RCA

Fecha: 08-Feb-2021

la resolución jerárquica objeto del presente recurso constitucional

De lo precedentemente desarrollado se evidencia que el impetrante de tutela identifica como acto ilegal que presuntamente vulneró los derechos de sus hijos menores de edad, a la Resolución Jerárquica FDC/OETC OR 479/2020, pronunciada por el Fiscal Departamental de Cochabamba, manifestando en forma expresa en su petitorio “…la resolución jerárquica objeto del presente recurso constitucional” (sic); por lo que, al momento de interponer la presente acción de defensa, dio cumplimiento al principio de subsidiariedad que rige la acción de amparo constitucional; pues, son los Fiscales Departamentales, como autoridades jerárquicas del Ministerio Público, los llamados a revisar las resoluciones pronunciadas por los Fiscales de Materia (AC 0289/2019 de 12 de septiembre); aspecto que demuestra que se tiene agotada la vía de impugnación, pues no existe recurso ulterior a interponer ante las decisiones libradas por dichas autoridades fiscales departamentales.

En ese marco, y conforme se tiene desarrollado en el Fundamento Jurídico II.2 de este fallo constitucional, ante el cuestionamiento de los fundamentos contenidos en las resoluciones jerárquicas de los Fiscales Departamentales, no es posible exigir que antes de activar una acción de amparo constitucional, se agote la vía jurisdiccional, acudiendo al respectivo Juez cautelar; entendimiento que resulta plenamente aplicable al presente caso en que se cuestiona la Resolución dictada por el Fiscal Departamental de Cochabamba, teniendo en cuenta que se trata de una resolución jerárquica, la cual, no reconoce recurso ulterior; en tal sentido, se encuentra expedita la jurisdicción constitucional para dilucidar la denuncia del accionante de vulneración de sus derechos.