Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0046/2021-RCA
Fecha: 08-Feb-2021
se debe analizar de manera particular
En el caso particular del departamento de Oruro además de la suspensión general del plazo de inmediatez dispuesta del 22 de marzo al 30 de abril de 2020, en todo el territorio del Estado descrita en el Fundamento Jurídico anterior, se debe analizar de manera particular que la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió los siguientes Acuerdos en relación a la suspensión y reanudación de plazos procesales:
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedencia
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2.
- desde de las cero horas del 22 de marzo de 2020
- la declaratoria de cuarentena total, que tiene como inicio el 22 de marzo, hasta el 30 de abril del citado
- Circular 05/2020 de 26 de marzo de 2020
- se debe analizar de manera particular
- ii)
- suspendiéndose nuevamente
- II.5. Análisis del caso concreto
- h)