SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2021-S3

Fecha: 10-Feb-2021

1)

Víctor Vargas Méndez, en calidad de Presidente, Rider Justiniano Apace, como Tercer Vicepresidente y Rolando Rivas Andia, en su condición de Secretario General, todos de la AFC, no presentaron informe ni asistieron a la audiencia pese a su legal citación, conforme a las diligencias cursantes de fs. 39 a 41 de obrados; empero, de la documentación solicitada a través de la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, se tiene que los prenombrados por informe escrito, cursante a fs. 83 y vta., señalaron que: 1) Al Haberse emitido la Resolución Constitucional 0062/2019 de 21 de agosto, procedieron a la reincorporación de la impetrante de tutela; 2) No fueron notificados personalmente con la Conminatoria emitida por la Jefatura Departamental del Trabajo de Cochabamba, para tomar medidas y defenderse; 3) La peticionante de tutela no contaba con contrato de trabajo, sólo “…verbal desde el año 2014 hasta el 7 de enero de 2019…” (sic), porque la AFC no es rentable y sin fines de lucro; y, 4) Solicitan se revoque la resolución emitida por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por no cumplir con todos los requisitos que la ley dispone para la admisión de la acción tutelar.