SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2021-S3

Fecha: 26-Feb-2021

a)

La parte accionante, ratificó el contenido de su acción de libertad y ampliándola en audiencia, manifestó que: a) La apelación incidental de medida cautelar formulada, radicó en la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, el 15 de octubre de 2019, fecha desde la cual, la parte accionada tenía el plazo de tres días para fijar la audiencia de apelación; sin embargo, hasta el presente
-21 del referido mes y año- no lo hicieron, vulnerando los derechos invocados en la presente acción tutelar; y, b) Tampoco no se realizó ninguna observación sobre algún acto que lesionaría derechos de terceras personas que haya impedido el señalamiento de actuación judicial; máxime si la jurisprudencia ya emitió criterio respecto a la devolución del cuaderno de apelación por falta de supuestas formalidades, estableciendo que las autoridades judiciales deben cumplir con resolver la impugnación realizada.