SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2021-S3

Fecha: 26-Feb-2021

Fragmento 21

En ese sentido, la problemática planteada no corresponde ser analizada mediante la presente acción de defensa, debido a que el accionante denuncia la vulneración de los derechos a la identidad, a la salud, de petición, a la dignidad, a la propiedad, a los derechos económicos, comerciales y financieros, a la seguridad social, a la libre locomoción, al trabajo, a la soberanía, a la ciudadanía y de acceso a la justicia; consecuentemente, tomando en cuenta que dichos derechos reconocidos en la Constitución Política del Estado, se encuentran dentro de los derechos individuales que tienen los bolivianos, correspondiendo que sean analizados a efectos de su concesión, por la vía de la acción de amparo constitucional, por lo que la pretensión alegada mediante esta acción popular, puede ser considerada a través de dicha acción de defensa, por cuanto no se encuentra dentro de los derechos o intereses colectivos o difusos.