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    AUTO CONSTITUCIONAL 0075/2021-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0075/2021-CA

    Fecha: 16-Mar-2021

    II.1.  Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos

    Demanda la inconstitucionalidad del art. 19 inc. l) de la LNP -Ley 483 de 25 de enero de 2014- en la frase: “SIEMPRE QUE NO CONTENGAN CLAUSULAS O DISPOSICIONES CONTRARIAS A LA LEY Y EL ORDEN PÚBLICO” (sic), por ser presuntamente contrario a “LA CONSTITUCION, LA LEY DEL ORGANO JUDICIAL, EL CODIGO CIVIL Y EL CODIGO PROCESAL CIVIL” (sic).

    • rechazó
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • a)
    • Fragmento 4
    • II.1.  Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
    • II.2.  Marco normativo constitucional y legal
    • la carencia absoluta de fundamentos jurídico constitucionales alude a una operación argumentativa ineludible, basada en razonamientos constitucionales que sean suficientes de acuerdo al caso concreto que se analiza, para germinar una duda sobre la adecuación de la norma demandada a los valores, principios y normas de la Constitución Política del Estado;
    • el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
    • II.3. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 10
    • RATIFICAR

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