Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0075/2021-CA
Fecha: 16-Mar-2021
RATIFICAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 83.II del Código Procesal Constitucional; resuelve RATIFICAR la Resolución de 24 de febrero de 2021, cursante de fs. 87 a 97, pronunciada por Rodrigo Alcón Quino, Sumariante del departamento de La Paz de la Dirección del Notariado Plurinacional, y en consecuencia RECHAZAR la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Carola Helga Torrico Durán.
- rechazó
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- Fragmento 4
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- la carencia absoluta de fundamentos jurídico constitucionales alude a una operación argumentativa ineludible, basada en razonamientos constitucionales que sean suficientes de acuerdo al caso concreto que se analiza, para germinar una duda sobre la adecuación de la norma demandada a los valores, principios y normas de la Constitución Política del Estado;
- el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
- II.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 10
- RATIFICAR