AUTO CONSTITUCIONAL 0068/2021-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0068/2021-RCA

Fecha: 01-Abr-2021

al agotamiento de los medios o recursos legales

El Tribunal Constitucional, en cuanto al recurso idóneo y pertinente que se debe agotar antes de acudir a la vía constitucional, dejó establecido en la SC 0791/2010-R de 2 de agosto, remitiéndose a anteriores entendimientos jurisprudenciales, sobre a las vías de activación que: “En cuanto al agotamiento de los medios o recursos legales sean en la vía judicial o administrativa antes de interponer la acción de amparo constitucional, la jurisprudencia constitucional ha determinado que los mismos deben ser los idóneos y efectivos; vale decir, aquellos que se encuentran establecidos por ley para cada situación o caso en particular, no siendo coherente acudir a un medio o recurso legal que se sabe de antemano resultará inviable, pues especialmente tratándose de decisiones judiciales, los procedimientos que rigen las diferentes materias establecen con precisión los recursos que corresponden a determinada resolución judicial, por lo que el titular del derecho no puede extraviarse acudiendo o utilizando medios o recursos que no son aptos para enervar el acto que estima lesivo, sino que más bien debe buscar una protección inmediata            por vía del amparo constitucional, una vez agotados los medios adecuados en la vía ordinaria.