AUTO CONSTITUCIONAL 0081/2021-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0081/2021-RCA

Fecha: 22-Abr-2021

CONTROVERSIAL, la (…) denuncia de Reincorporación dejando expedita la vía jurisdiccional

En tal sentido, en el caso en análisis el peticionante de tutela al activar directamente la vía constitucional mediante esta acción tutelar, no consideró el principio de subsidiariedad, por cuanto, antes de formular la presente acción de defensa, si consideraba que la Conminatoria MTEPS-JDTP 006/21, lesionaba sus derechos, debió impugnar la misma o en cumplimiento a la misma acudir a la vía ordinaria -ante un juzgado laboral- buscando el resguardo de sus derechos; toda vez que, la Jefatura Departamental de Trabajo de Pando mediante Conminatoria MTEPS-JDTP 006/21 declaró “CONTROVERSIAL, la (…) denuncia de Reincorporación dejando expedita la vía jurisdiccional…” (sic), de lo que se denota que no existe a favor del accionante una conminatoria de reincorporación como tal, cuyo incumplimiento sea posible denunciar ante la vía constitucional como aconteció en las acciones de amparo constitucional a las que hace referencia la parte accionante al momento de impugnar la Resolución de improcedencia de la Sala Constitucional.

En tal sentido, en el caso particular no existe conminatoria de reincorporación a favor de José Ismael Núñez Nogales -accionante-, ya que la Jefatura Departamental de Trabajo de Pando señalando la existencia de hechos controvertidos emitió la Conminatoria MTEPS-JDTP 006/21 declarando controversial la denuncia de reincorporación del impetrante de tutela, dejando expedita la vía jurisdiccional; consecuentemente, al existir hechos controvertidos, éstos deben ser resueltos en la vía laboral.