SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2021-S2

Fecha: 15-Abr-2021

Con referencia al inciso i),

Haciendo referencia a los recortes de periódicos “Andaluz” y el “País” señaló que es una información de un reportero que entrevistó al principal imputado mayor de edad, quien excluyó de responsabilidad a los menores; empero, este carece de moral y credibilidad, además, esta prueba no fue colectada por el Ministerio Público.

Asimismo, de la fotocopia “…del Art. 37 y 40 de la Convención sobre los derechos del niño ratificados por Bolivia, sobre el encarcelamiento de niños, si bien se ha postulado una norma internacional la misma es amplia y no precisa para qué clase de delitos se aplica, estamos frente a una imputación de hechos graves como es el feminicidio que tiene pena de 30 años de presidio (atenuada), no se está hablando o imputando un delito de robo o de hurto, hecho amerita que ser debatido y aclarado en juicio.

En caso de negativa a la cesación a la detención preventiva no amerita que el juez haga una nueva valoración o revalorización de los elementos y lo resuelto en la primera audiencia cautelar, en la audiencia de cesación se tiene que ver los nuevos elementos de convicción que pueda modificar la probabilidad de autoría; más allá de intentar desactivar los riesgos procesales no se trajo prueba o algo objetivo que desvirtúe la participación de los adolescentes en este hecho, no solamente se debe acatar y desvirtuar los riesgos procesales, primeramente se debe acatar a la probabilidad de autoría o participación. Ante lo manifestado por las partes…” (sic); y,