Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2021-S4
Fecha: 16-Abr-2021
a)
Solicitó se conceda la tutela y se disponga: a) Dejar sin efecto las medidas de hecho efectuadas, permitiendo el libre acceso de los trabajadores de EMTAGAS Villamontes, para que puedan desempeñar sus funciones; b) Ordenar a la autoridad demandada que instruya el inmediato retiro de los candados y el cambio de chapas y llaves; así como, la devolución de los bienes de propiedad de EMTAGAS; y c) Remitir antecedentes al Ministerio Público contra la autoridad demandada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 15
- debe verificarse que: i) Las pruebas aportadas por las partes, conforme sus pretensiones otorgan la certeza de que la pretensión procesal se ha extinguido; y, ii) Con el objeto de no afectar el procedimiento constitucional es preciso señalar que para determinar la sustracción del objeto procesal o materia por la cesación de los efectos del acto reclamado, el acto lesivo denunciado debe ser restituido antes de la citación con el Auto de admisión de la acción de amparo constitucional…
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- CONFIRMAR