Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2021-S4
Fecha: 30-Abr-2021
I.1.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela impetrada; y en consecuencia, disponer que, en el día, se remita el cuaderno de control jurisdiccional correspondiente al NUREJ 20274622 del Juzgado de Instrucción Penal Tercero de El Alto del departamento de La Paz hacia el Juzgado de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia las Mujeres Segundo de El Alto del mismo departamento –Juzgado de origen–.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe del funcionario público demandado
- denegó
- II.2.
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la acción de libertad traslativa o de pronto despacho y la acción de libertad innovativa
- la SCP 0427/2015 de 29 de abril, cambió de línea jurisprudencial en relación a los razonamientos asumidos
- Es así que a partir del entendimiento jurisprudencial citado, el personal de apoyo judicial tiene legitimación pasiva para ser demandado en las acciones de defensa cuando sus actos u omisiones relacionados a sus deberes contribuyan o lesionen directamente derechos fundamentales de las personas”