Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2021-S4
Fecha: 30-Abr-2021
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante sin mandato, denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso vinculado con la libertad, en virtud de que la autoridad y funcionario demandados, no efectivizaron su libertad, aun cuando se benefició con la suspensión condicional de la pena de conformidad con el art. 366 del CPP, y habiéndose ordenado la emisión del respectivo mandamiento de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de la autoridad y funcionario demandados
- Concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Es la facultad que tiene
- podrá suspender de modo condicional el cumplimiento de la pena
- siendo de conocimiento de la autoridad encargada de su ejecución, vale decir del Director de cada centro penitenciario, el interno deberá ser liberado en el día, sin necesidad de trámite alguno
- III.2
- CONFIRMAR