SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2021-S3
Fecha: 26-Abr-2021
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Por Acuerdo Jurisdiccional TCP-SP-055/2019 de 18 de diciembre, el Pleno del Tribunal Constitucional Plurinacional, resolvió reconformar las Salas Primera, Segunda, Tercera y Cuarta Especializada para la gestión 2020, disponiendo en su acápite tercero, que de acuerdo a dicha reconformación, con excepción de la Sala Cuarta Especializada, todos los expedientes que se encontraban con plazo suspendido y cuya respuesta no llegó al 26 de diciembre de 2019, debían ser devueltos a la Comisión de Admisión de ese Tribunal, para nuevo sorteo; así por decreto de 27 de febrero de 2019, la presente causa fue suspendida ante la solicitud de documentación complementaria (fs. 206); por lo que encontrándose la misma dentro de la disposición contenida en el Acuerdo Jurisdiccional referido a nuevo sorteo, éste se procedió el 1 de abril de 2021; en ese sentido, la presente Sentencia Constitucional Plurinacional es pronunciada dentro del término legal señalado.
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y resolución del Juez de garantías
- 1)
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 17
- III.1. La reconducción o reconversión de acciones
- III.2. Análisis del caso concreto
- pueden exigir de los órganos del Estado, en cuanto sujetos pasivos
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- 1º CONCEDER en parte