SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2021-S3
Fecha: 26-Abr-2021
II.1.
II.1. Constan, cuarenta y tres placas fotográficas relacionadas al tinglado que cubre la cancha deportiva, el “Centro PAN” y la piscina semiolímpica, ubicados en la Junta Vecinal “Barrio Paraíso”, además de la Nota de 29 de marzo de 2017, que fue emitida por la Dirección, Consejo Educativo Social Comunitario y Junta Escolar de la Unidad Educativa “Defensores del Acre” dirigida al Presidente y Pleno del Concejo del Gobierno Municipal de Cobija del departamento de Pando, solicitando audiencia pública para tratar sobre el crecimiento de la población estudiantil de dicho lugar; proliferación de mosquitos como consecuencia de una obra inconclusa, que atenta contra la salud de dicho sector; y, la conclusión de obras aledañas y otras, que fue realizada el 17 de mayo del citado año con la asistencia del Ejecutivo Municipal, hoy accionado (fs. 178 a 192).
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y resolución del Juez de garantías
- 1)
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 17
- III.1. La reconducción o reconversión de acciones
- III.2. Análisis del caso concreto
- pueden exigir de los órganos del Estado, en cuanto sujetos pasivos
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- 1º CONCEDER en parte