SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2021-S3

Fecha: 26-Abr-2021

2.

En consideración a lo determinado por el DS 4199, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social en el Comunicado 10/2020 de 21 de marzo, señaló que: “(…) 2. Durante la vigencia de la Cuarentena Total, el personal de entidades públicas y privadas percibirá el pago de su salario” (las negrillas nos pertenecen).

Por DS 4200 de 25 de marzo de 2020, se reforzaron y fortalecieron las medidas contra el contagio y propagación del COVID-19 en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia a partir de las cero horas del 26 de marzo hasta el 15 de abril del indicado año, con suspensión de actividades públicas y privadas (arts. 1 y 2). Y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social en el Comunicado 14/2020 de 8 de abril, recordó a la ciudadanía en general que: “(…) 2. El pago de sueldos y salarios a los servidores públicos, trabajadores y todo personal que preste funciones en el sector público y privado en el territorio nacional, se encuentra garantizado, en consecuencia, las entidades deben dar cumplimiento obligatorio a la Disposición Adicional Tercera del Decreto Supremo No. 4199 de fecha 21 de marzo de 2020” (las negrillas nos corresponden).