Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0095/2021-RCA
Fecha: 07-May-2021
a la fundamentación de hecho y de derecho
Respecto al correcto planteamiento del petitorio el AC 0116/2016-RCA de 28 de abril, a tiempo de determinar que el accionante había cumplido con el requisito previsto en el art. 33.8 del CPCo; es decir, el petitorio de la demanda de acción de amparo, dispuso: “8. Petición. Expuso un petitorio claro relacionado a la fundamentación de hecho y de derecho, el mismo que fue obviado por el Tribunal de garantías.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- respecto a los derechos constitucionales: al trabajo, a la inamovilidad laboral, a la estabilidad laboral, a la salud, a la vida, a la defensa y al debido proceso, disponiendo la inmediata reincorporación del funcionario accionante a su fuente de trabajo en la ANH: Carlos Rubén Márquez Meruvia, disponiendo el pago de los salarios devengados y aportes a la AFP, desde el momento de su despido a la fecha
- 1)
- por
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. El petitorio en la acción de amparo constitucional
- a la fundamentación de hecho y de derecho
- II.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 11
- por no presentada
- 3°