AUTO CONSTITUCIONAL 0095/2021-RCA
Fecha: 07-May-2021
Fragmento 11
Cabe señalar que el AC 0013/2018-RCA de 5 de febrero, citando a la SCP 0913/2016-S2 de 26 de septiembre, establece que: “… la exigencia de exposición de los hechos, la identificación de los derechos o garantías que se consideren vulnerados y el petitorio establecidos en el art. 33 del CPCo, si bien son requisitos que deben ser cumplidos necesariamente antes de su admisibilidad (…) la exigencia de exponer el nexo de causalidad entre estos al ser una exigencia de fondo que en su caso podrá incluso ser enmendada en la audiencia de garantías, a tiempo de fundamentar su acción tutelar (…) que no corresponde la exigencia del nexo de causalidad, como requisito para su admisión”; consiguientemente, no constituye un requisito esencial referirse al nexo de causalidad entre los hechos, derechos y petitorio, tal como entendió la Sala Constitucional Primera del departamento de La Paz, puesto que este aspecto requiere de un análisis de fondo de la acción de amparo constitucional, no siendo cuestionable en etapa de admisión.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- respecto a los derechos constitucionales: al trabajo, a la inamovilidad laboral, a la estabilidad laboral, a la salud, a la vida, a la defensa y al debido proceso, disponiendo la inmediata reincorporación del funcionario accionante a su fuente de trabajo en la ANH: Carlos Rubén Márquez Meruvia, disponiendo el pago de los salarios devengados y aportes a la AFP, desde el momento de su despido a la fecha
- 1)
- por
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. El petitorio en la acción de amparo constitucional
- a la fundamentación de hecho y de derecho
- II.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 11
- por no presentada
- 3°