Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2021-O
Fecha: 18-May-2021
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De lo anotado, se advierte que la precitada determinación resolvió la concesión de la tutela impetrada tras advertir la lesión de los derechos al trabajo y a la inamovilidad laboral del ahora denunciante debido al agradecimiento de sus servicios en su condición de padre progenitor de un ser en gestación; aspecto por el que, en consideración de los derechos del nuevo ser, se razonó que la autoridad demandada tenía la obligación de reincorporarlo a igual o similar puesto de trabajo.
- I.1. Contenido de la queja
- no ha lugar
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- para la etapa de ejecución de fallos, un mecanismo procesal idóneo para la denuncia por incumplimiento de decisiones emergentes de acciones tutelares, destinado a consolidar una real materialización y por ende un efectivo cumplimiento a sentencias constitucionales con calidad de cosa juzgada
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- corresponde conceder la tutela demandada en los alcances del precepto constitucional de los arts. 46 y 48.VI de la CPE y 5.II del DS 0012 de 19 de febrero de 2009
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- más el pago de sus sueldos devengados
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