SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2021-S2

Fecha: 06-May-2021

e)

e)   El Tribunal de alzada en su razonamiento no ingresó en vicio alguno y tampoco incurrió en falacia argumentativa al resolver la apelación restringida interpuesta por el recurrente, “…siendo que lo determinado en alzada fue el reflejo de lo expresado en logicidad en Sentencia por el Tribunal de mérito, sin desmerecer lo alegado por el recurrente e inclusive, por parte de esta Sala se ha efectuado la verificación de lo reclamado en casación sobre el Auto de Vista, para compulsar si las conclusiones arribadas en alzada serían contrarias a la doctrina legal establecida en la jurisprudencia ordinaria; y en base a lo ya manifestado, el Auto de Vista no resulta contradictorio con el precedente citado en lo particular” (sic);