SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0094/2021-S4
Fecha: 07-May-2021
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la lesión de sus derechos a la libertad y al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia vinculado a su libertad y el principio de proporcionalidad; toda vez que, el Vocal ahora demandado, dispuso mantener subsistente los riesgos procesales que dan lugar a su detención preventiva, con carencia de motivación y fundamentación al no haber analizado de oficio la legalidad de los motivos de su detención preventiva, omitiendo considerar los nuevos elementos de convicción, limitándose a realizar una relación de los hechos sin realizar la ponderación de los mismos, ni explicar porque las pruebas aportadas no desvirtúan los riesgos procesales y omitiendo su deber de realizar el test de proporcionalidad.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y Garantías supuestamente vulnerados
- i)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y el deber de fundamentación y motivación de las resoluciones
- el derecho al debido proceso, entre su ámbito de presupuestos exige que toda Resolución sea debidamente fundamentada. Es decir, que cada autoridad que dicte una Resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma
- Este deber de fundamentación, se vincula tanto con la garantía del debido proceso como con el derecho a la seguridad jurídica.
- ha determinado que cuando las resoluciones no están motivadas '…y se emite únicamente la conclusión a la que ha arribado el juzgador, son razonables las dudas del justiciable en sentido de que los hechos no fueron juzgados conforme a los principios y valores supremos, vale decir, no se le convence que ha actuado con apego a la justicia, por lo mismo se le abren los canales que la Ley Fundamental le otorga para que en búsqueda de la justicia, acuda a este Tribunal como contralor de la misma, a fin de que dentro del proceso se observen sus derechos y garantías fundamentales, y así pueda obtener una resolución que ordene la restitución de dichos derechos y garantías, entre los cuales, se encuentra la garantía del debido proceso
- se llega a concluir que las Resoluciones, sean estás en el ámbito judicial como en el administrativo, deben ser debidamente fundamentadas, apreciando y valorando cada una de las pruebas aportadas
- uno de los elementos del debido proceso es la congruencia en virtud de la cual la autoridad jurisdiccional o administrativa, en su fallo, debe asegurar la estricta correspondencia entre lo peticionado y probado por las partes
- la autoridad competente para resolver el mismo está obligada de contestar y absolver
- III.3.
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- b)
- REVOCAR