Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2021-S2
Fecha: 07-May-2021
acción de libertad
En revisión la Resolución 01/2020 de 5 de mayo, cursante de fs. 18 a 22 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Carlos Gilfredo Antelo Ortiz y Wendy Miriam Rodríguez Quinteros en representación sin mandato de José Luis Flores Azurduy contra Nadia Paola Prince Castro, Directora Departamental de Régimen Penitenciario; José Miguel Choquehuanca y Hugo Ríos, Médicos, ambos del Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- atención medica fuera del establecimiento penitenciario
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Toda persona tiene derecho a la vida
- Todo individuo tiene derecho a la vida
- 1. Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente…”
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR