SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2021-S2

Fecha: 12-May-2021

concedió en parte

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, por Resolución 24/2020 de 25 de junio, cursante de fs. 188 a 192, concedió en parte la tutela impetrada, disponiendo que la Autoridad Sumariante en el plazo de cuarenta y ocho horas, emita una respuesta formal de acuerdo a los antecedentes que se tiene respecto a la denuncia y al proceso administrativo interno que podrá ser positiva o negativa dependiendo las circunstancias; en caso de ser negativa, deberá estar debidamente fundamentada y notificarse de manera formal a la solicitante de tutela, además, de hacerle conocer la resolución final del proceso administrativo interno; y, denegó la tutela en relación al Administrador de la CNS Regional Oruro; con base en los siguientes fundamentos: i) La accionante no fue aceptada como parte en el proceso administrativo interno; por lo que, no era viable exigirle que utilice medios impugnatorios; ii) Si bien se contestó al memorial formulado por la prenombrada mediante Auto Administrativo de 5 de igual mes y año, es necesario advertir que el mismo no cumplió con uno de los presupuestos establecidos en la jurisprudencia constitucional, referente a que toda respuesta tenga que estar debidamente fundamentada y exponer las razones de su rechazo; y, iii) No correspondía iniciar esta acción de defensa contra el Administrador demandado; por cuanto, no era parte de la causa interna y no tuvo conocimiento de la misma; por tal razón, no era posible exigirle que instruya a la Autoridad Sumariante dar respuesta a lo pretendido por la peticionante de tutela.