SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0152/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0152/2021-S4

Fecha: 17-May-2021

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público contra Zenón Félix Barreta Martínez, por la presunta comisión de los delitos de violación y acoso sexual –con víctimas múltiples, entre las que se encuentran adolescentes–, ante la solicitud del sindicado de pronunciamiento de requerimiento fiscal conclusivo, Salua July Dipp Antequera, Jueza de Instrucción Penal Primera del departamento de Oruro –ahora codemandada–, mediante Auto Interlocutorio 519/2019 de 30 de julio, declaró incumplido el art. 134 del Código de Procedimiento Penal (CPP); y en consecuencia, extinguida la acción penal en relación al Ministerio Público, sin perjuicio de las responsabilidades emergentes de la misma, disponiendo la notificación de las víctimas para que en el plazo de cinco días, manifiesten su voluntad en caso de acusar particularmente bajo alternativa de declarar definitivamente extinguida la acción penal.

Por ello, Vivian Ximena Sanjinés Vargas, Fiscal de Materia, formuló apelación incidental contra el citado Auto, solicitando su nulidad; así como, la notificación al Fiscal Departamental de Oruro, con la providencia de 16 de julio de 2019, que debió ser de manera personal; siendo resuelto –confirmando el fallo de la a quo–, mediante Auto de Vista 138/2019 de 11 de octubre, dictado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro –hoy codemandados–, que de manera incongruente e irracional aparta al Ministerio Público acusador por excelencia, sin tomar en cuenta la situación de las víctimas, que son parte de los grupos vulnerables de la sociedad y que merecen una atención temprana, pronta y oportuna.