Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0154/2021-S4
Fecha: 17-May-2021
II.1.
II.1. Mediante CITE SEDES DIR 1614/20 de 13 de octubre de 2020, el Director del SEDES Cochabamba, remite a conocimiento del Rector de la UMSS, el informe generado por la Unidad de Calidad de Servicios y Sub Unidad de Gestión de Servicios Médicos del SEDES, respecto a la revisión y visto bueno de la guía de bioseguridad y autorización de actividades electorales en la UMSS (fs. 101).
- acción de popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- No obstante lo señalado, existen también modos extraordinarios de conclusión del proceso, entre los que se tienen a la sustracción de materia, que consiste básicamente en la desaparición de los supuestos de hecho o normativos, que sustentan una determinada acción; y cuando esto sucede, la autoridad legal competente no puede decidir o pronunciarse sobre algo que ya no tiene hechos o normas que sustenten la acción
- III.2.
- CONFIRMAR