Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0154/2021-S4
Fecha: 17-May-2021
II.4.
II.4. Del Acta de Reunión del Comité de Emergencia Sanitaria de Salud Departamental de 3 de noviembre de 2020, se concluye en sus numerales 6 y 7, que “El SEDES ha emitido una respuesta que establece el cumplimiento de las normas y protocolos de la Guía de Bioseguridad para las elecciones universitarias de la Universidad Mayor de San Simón” y “Se aprueba la guía o protocolo de Bioseguridad para las elecciones Universitarias tomando en cuenta antecedentes de las Elecciones Nacionales realizadas con anterioridad, el informe técnico y legal emitido por el SEDES Cochabamba” (fs. 162 a 163).
- acción de popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- No obstante lo señalado, existen también modos extraordinarios de conclusión del proceso, entre los que se tienen a la sustracción de materia, que consiste básicamente en la desaparición de los supuestos de hecho o normativos, que sustentan una determinada acción; y cuando esto sucede, la autoridad legal competente no puede decidir o pronunciarse sobre algo que ya no tiene hechos o normas que sustenten la acción
- III.2.
- CONFIRMAR