Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2021-S3
Fecha: 06-May-2021
De la Resolución del Tribunal de garantías
Se advierte que la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca por Resolución 01/2021 de 29 de enero, concedió la tutela solicitada, y en consecuencia, ordenó el cumplimiento inmediato de la Disposición Final Segunda de la Ley 1817 que modifica los arts. 4 y 271 de la LOJabrg, vigente por la Disposición Transitoria Séptima de la Ley del Órgano Judicial; otorgando el plazo de quince días hábiles para que se procediera a dar cumplimiento a la disposición normativa señalada.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Normas presuntamente incumplidas
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento. Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 14
- De la Resolución del Tribunal de garantías
- cuando este Tribunal Constitucional Plurinacional en grado de revisión revoca la concesión de tutela otorgada
- REVOCAR