SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0159/2021-S2
Fecha: 21-May-2021
II.1.
II.1. Cursa la Sentencia Agroambiental Plurinacional Sª 2ª 069/2019 de 15 de agosto, que corresponde al Expediente: 3015-NTE-2018; sobre el Proceso: Nulidad de Titulo Ejecutorial, interpuesto por Serafina Mercado Berazaín contra Felipe Mercado Berazaín y Julia García Salazar; Distrito: Chuquisaca; Propiedad: "Comunidad San Antonio Parcelas 052 y 053", cuya parte dispositiva es como sigue: “POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, impartiendo justicia en única instancia y en virtud a la jurisdicción y competencia que por Ley ejerce, con la facultad conferida por los arts. 7, 12-I, 186 y 189-3 de la CPE; art. 36-3 de la Ley Nº 1715, modificada parcialmente por Ley Nº 3545 de Reconducción Comunitaria de Reforma Agraria; arts. 11 y 12 de la Ley 025 del Órgano Judicial, FALLA declarando IMPROBADA la demanda de Nulidad Absoluta de Títulos Ejecutoriales, instaurada por Serafina Mercado Berazain contra Felipe Mercado Berazain y Julia García Salazar, por consiguiente se mantienen firmes e incólumes los Títulos Ejecutoriales: PPD-NAL-N° 190386, PPD-NAL-N° 190387, PPD-NAL-N° 190388, PPDNAL-N° 190389, PPD-NAL-N° 190390, PPD-NAL-N° 190391, PPD-NAL-N° 190392, emitidos respecto al interior del predio Comunidad San Antonio, parcelas 052, 053, 054, 055, 056, 057 y 058” (sic [fs. 262 a 267 vta.]).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- [3]
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- Ahora bien, la jurisprudencia precedentemente citada debe ser complementada a partir de la relevancia constitucional que tenga la alegada arbitraria o insuficiente fundamentación y motivación de las resoluciones, es decir, que deberá analizarse la incidencia de dicho acto supuestamente ilegal en la resolución que se está cuestionando a través de la acción de amparo constitucional; pues, si no tiene efecto modificatorio en el fondo de la decisión, la tutela concedida por este Tribunal únicamente tendría como efecto el que se pronuncie una nueva resolución con el mismo resultado; consiguientemente, a partir de una interpretación previsora, si bien la arbitraria o insuficiente fundamentación, aún carezca de relevancia, deberá ser analizada por el Tribunal Constitucional Plurinacional; empero, corresponderá denegar la tutela por carecer de relevancia constitucional, con la aclaración que este entendimiento es únicamente aplicable a la justicia constitucional que no exigirá para efectuar el análisis, que la o el accionante cumpla con carga argumentativa alguna
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13
- III.2.1. De la demanda de nulidad de títulos ejecutoriales
- error esencial
- simulación absoluta
- ausencia de causa
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)