SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0163/2021-S3
Fecha: 06-May-2021
2° Llamar severamente la atención
2° Llamar severamente la atención a William Presvitero Rodríguez Álvarez, Juez de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Quinto de la Capital del departamento de La Paz; y, a Alejandra Condarco Vila, Secretaria Abogada del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y de Materia Contra la Violencia Hacia la Mujer Segundo de la Capital del citado departamento, por las razones expuestas en el Fundamento Jurídico III.3 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, disponiendo que retornada la presente causa al Juez de garantías, se proceda a la inmediata regularización de expediente con las piezas faltantes, debiendo a su vez remitir una copia de las mismas a este Tribunal a objeto de su inclusión en el dossier.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1.
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- REVOCAR
- 2° Llamar severamente la atención