SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0166/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0166/2021-S3

Fecha: 06-May-2021

Fragmento 14

En ese entendido, no corresponde atender la denuncia planteada por el accionante a través de esta acción de defensa -respecto a que el Juez ahora accionado injustamente dispuso su detención preventiva en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola”, debido a que lo imputaron por un delito del que no fue partícipe, sin que exista prueba que lo demuestre, y en dicha audiencia de consideración de medidas cautelares se vulneraron varios de sus derechos- en virtud a la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad; puesto que contra la Resolución de 26 de junio de 2019 que dispuso su detención preventiva, la cual el accionante considera como injusta, era procedente la interposición del recurso de apelación establecido en el art. 251 del CPP, mecanismo idóneo, rápido y efectivo para que se corrija las supuestas vulneraciones alegadas mediante esta acción de libertad, y una vez agotado el mencionado recurso recién debió acudir a esta jurisdicción constitucional para la protección de sus derechos, más aún cuando el accionante ya planteó dicho recurso conforme se tiene de fs. 35 vta. y 37 de obrados, por lo que corresponde denegar la tutela solicitada con relación a este aspecto, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.