Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0166/2021-S4
Fecha: 26-May-2021
II.2.
II.2. Conta Resolución Sancionatoria 18-0000044-09 de 4 de diciembre de 2009, por el cual el SIN Gerencia Regional Santa Cruz, resolvió sancionar a la entonces Prefectura del citado departamento con una multa de UFV’s300.-, por incumplimiento de deberes formales, por no haber presentado las declaraciones juradas de las retenciones del régimen complementario al impuesto al valor agregado en bancos autorizados ubicados en la jurisdicción del domicilio del contribuyente (fs. 11 a 15).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. La exigencia de fundamentación de las resoluciones como componente esencial del debido proceso. Jurisprudencia reiterada
- el derecho al debido proceso, entre su ámbito de presupuestos exige que toda resolución sea debidamente fundamentada; es decir, que cada autoridad que dicte una resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustentan la parte dispositiva de la misma.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR