Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0166/2021-S4
Fecha: 26-May-2021
II.4.
II.4. A través de la Sentencia de 11 de diciembre de 2014, el entonces Juez de Partido Administrativo, Tributario y Coactivo Segundo del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, resolvió declarar improbada la demanda interpuesta por la entonces Prefectura del departamento de Santa Cruz contra el SIN regional Santa Cruz, manteniendo firme y subsistente la Resolución Sancionatoria 18-0000044-09 (SIN/GDSC/DJCC/UTJ/RS/269/2009) (fs. 36 a 41 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. La exigencia de fundamentación de las resoluciones como componente esencial del debido proceso. Jurisprudencia reiterada
- el derecho al debido proceso, entre su ámbito de presupuestos exige que toda resolución sea debidamente fundamentada; es decir, que cada autoridad que dicte una resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustentan la parte dispositiva de la misma.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR