SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2021-S4

Fecha: 26-May-2021

III.2. Análisis en el caso concreto

El accionante denuncia la lesión de su derecho a la petición, debido a que a través de memorial de 9 de enero de 2020, solicitó a la autoridad demandada le extienda Memorándum de Retiro Obligatorio, copia legalizada de todo el expediente que dio origen a la sustanciación del Sumario Informativo Militar seguido en su contra, además de las Resoluciones TPFAB 47/2014 de 28 de abril, TPFAB 572/2014 de 26 de mayo y TSP FF.AA 106/15 de 27 de julio; no obstante, ante la ausencia de respuesta reiteró su petitorio a través de escrito de 14 de igual mes y año; sin embargo, pese a ello dicha autoridad no le brindo respuesta formal a sus solicitudes y si bien cuando  se apersonó a dependencias del Comando General de la FAB el 21 de enero de 2020, le extendió en parte la documentación requerida (Resoluciones TPFAB 47/2014 de 28 de abril, TPFAB 572/2014 de 26 de mayo y TSP FF.AA 106/15 de 27 de julio), habiendo sido también notificado con los proveídos  de 14 y 21 de enero de 2020, en atención a sus memoriales; no obstante, la providencia de 14 del mismo mes y año, no alcanza la calidad de respuesta debidamente fundamentada en lo que respecta a las copias legalizadas del dossier del Sumario Informativo Militar, ya que considerando que al haberse realizado la notificación el 17 de diciembre de 2019 con la Resolución del Tribunal del Personal de las FF.AA 05/19 de 3 de julio de igual año, que dispuso su retiro obligatorio; a la fecha de solicitud de copias legalizadas el expediente debería encontrarse a la vista, al ser dicha dependencia responsable de mantener al día la documentación con relación a los procesos administrativos pertinentes.