SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0171/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0171/2021-S2

Fecha: 21-May-2021

Fragmento 17

En relación a lo mencionado anteriormente, el Juez demandado, al disponer la remisión de los antecedentes del caso al respectivo Tribunal de Sentencia Penal, sin atender la solicitud de cesación de la medida extrema efectuada por el accionante, no consideró lo señalado por el Fundamento Jurídico III.1 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, el cual refiere que: “…cuando se trata de una solicitud de cesación, también es posible que un Juez a cargo del control jurisdiccional pueda resolver dicha solicitud aún ya se hubiera presentado la acusación, pero siempre que no se hubiera radicado la causa en un determinado tribunal…” (SC 1584/2005-R); en el presente caso, de acuerdo al informe emitido por el personal dependiente de la autoridad judicial demandada, se aseveró que los cuadernos de control jurisdiccional no fueron remitidos; consiguientemente, no existe radicatoria del proceso ante el Tribunal de Sentencia Penal Primero de Cobija del departamento de Pando.