Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0179/2021-S2
Fecha: 26-May-2021
II.1.
II.1. Consta acta de audiencia de cesación de la detención preventiva de 29 de enero de 2020, y el correspondiente Auto Interlocutorio 80/2020 de idéntica fecha, mediante el cual Alipio Veliz Veliz, Juez de Instrucción Penal Cuarto de la Capital del departamento de Oruro, rechazó la cesación de la detención preventiva solicitada por Ángel Rocha Lima -hoy accionante-, quien en ese verificativo anunció que impugnaría el precitado fallo (fs. 2 a 3 vta. y 13 a 14 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- La obligación de fundamentar las resoluciones también es aplicable a aquellas que resuelven apelaciones; así la SC 0040/2007-R de 31 de enero, haciendo referencia a la SC 0577/2004-R de 15 de abril, indicó que:
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- 2)
- CONFIRMAR