Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2021-S3
Fecha: 14-May-2021
I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
Celebrada la audiencia a través de la plataforma virtual “Blackboard” el 9 de mayo de 2020, acto al que se conectó el representante sin mandato del peticionante de tutela; ausente el accionado, quien envío el informe respectivo el cual se dio lectura en el acto procesal; empero, debido a que el Director del Centro Penitenciario Mocovi del departamento de Beni no remitió el informe médico sobre el estado de salud del accionante, se determinó un cuarto intermedio hasta el día siguiente; vale decir, para el 10 del citado mes y año a horas 11:00, habiéndose producido en dicho acto procesal, como consta en el acta cursante de fs. 10 a 18, los siguientes actuados:
- JUEZ DE SENTENCIA DE TRINIDAD Y SU HOMOLOGO DE CARANAVI y menos la RESUELTA EN LA SALA CONSTITUCIONAL II DEL TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE LA PAZ
- Fragmento 2
- SOLICITA REQUERIMIENTOS FISCALES A LOS FINES DE RECABAR DOCUMENTACION PARA AUDIENCIA DE CESACION A LA DETENCION PREVENTIVA
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- 1)
- i)
- I.2.3. Participación del tercero interviniente
- concedió en parte
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.2.
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- REVOCAR en parte