SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2021-S3
Fecha: 14-May-2021
De la falta de remisión del informe del Vocal ahora accionado al Tribunal Constitucional Plurinacional
De acuerdo a la revisión del acta de audiencia de la presente acción tutelar celebrada por el Juez de garantías se evidencia que, el Vocal Constitucional hoy accionado presentó su informe en Secretaría el 3 de marzo de 2020, que fue leído en dicha audiencia -en forma posterior de conceder la palabra al accionante- (fs. 12 a 13); sin embargo, dicho informe no fue remitido a este Tribunal, puesto que de la revisión del expediente se tiene que este no fue adjuntado, extremo por el cual corresponde llamar la atención al Juez de garantías por cuanto ese informe se constituye en una pieza procesal importante para la emisión de la Sentencia Constitucional Plurinacional correspondiente, motivo por el cual el Juez de garantías se apartó de la obligación de remitir al Tribunal Constitucional Plurinacional los antecedentes completos de la acción de defensa planteada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad accionada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- i)
- primer presupuesto
- segundo presupuesto
- De la falta de remisión del informe del Vocal ahora accionado al Tribunal Constitucional Plurinacional
- CONFIRMAR