SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2021-S3
Fecha: 26-May-2021
Fragmento 15
De la exposición fáctica argumentativa expuesta por la impetrante de tutela a través de su representante sin mandato, se evidencia que el reclamo central deviene de la presunta dilación en la que incurrieron los Fiscales de Materia al no providenciar sus memoriales en los que solicitaba la emisión de requerimientos dirigidos a la Directora del Centro Penitenciario de Orientación Femenina de Obrajes, donde guarda detención preventiva, a objeto de que certifique e informe sobre la existencia y número de casos confirmados de reclusas con COVID-19; toda vez que, al no contar dicho Centro penitenciario con la profesional médico para la atención de las reclusas, pretende solicitar su cesación de la medida de extrema ratio.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- que es indebidamente procesada o privada de libertad personal
- b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción
- cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad”
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR